Subsecretaria para las Fuerzas Armadas

Comisión Nacional del Uso del Borde Costero

Política Nacional Uso del Borde Costero

El Borde Costero del litoral es aquella franja del territorio nacional que comprende los terrenos de playa fiscales situadas en el litoral, la playa, las bahías, golfos, estrechos y canales interiores, y el mar territorial de la República, que se encuentran  sujetos al control, fiscalización y supervigilancia del Ministerio de Defensa Nacional por  medio de la  Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.

Hoy en día, debido a la gran importancia que ha adquirido esta área en los aspectos sociales, económicos y ecosistémicos, se está adoptando el concepto de Zona Costera, definida como el área en donde se manifiesta ecológicamente la interacción de la tierra, el mar y la atmósfera, siendo determinada por cada Estado parte del Protocolo de Paipa 1989 de acuerdo con los criterios técnicos y científicos pertinentes.

La Política Nacional de Uso del Borde Costero del Litoral abrió una nueva etapa en la planificación y gestión de sus espacios costeros y marítimos, mediante orientaciones generales para la gestión de esta vital porción del territorio nacional. Asimismo creó una instancia de toma de decisiones que integra a los múltiples actores, públicos y privados, que intervienen en la zona costera, como son la Comisión Nacional de Uso del Borde Costero y Las Comisiones Regionales de Uso del Borde Costero.

Actualmente, la tendencia internacional en materia de planificación y ordenamiento del Borde Costero es lo que se conoce como, la Gestión Integrada de las Zona Costeras (GIZC). “Proceso dinámico multidisciplinario, iterativo y participativo que promueven el manejo sostenible de las áreas costeras y oceánicas, manteniendo al mismo tiempo el equilibrio a largo plazo entre los objetivos medioambientales, económicos, sociales, culturales y recreativos” (UNESCO-COI  2006).